 | MUTUO AUXILIO SACERDOTAL COLOMBIANO Consejo superior Resolución n° 52 de 2008 Por medio de la cual se reglamenta el pago de aportes y los auxilios de invalidez y de vejez. El Consejo Superior de la Fundación Mutuo Auxilio Sacerdotal Colombiano (MASC), en uso de las atribuciones que le confieren /os Estatutos y el artículo 38 del Reglamento de la Fundación. |
CONSIDERANDO: 1. Como es costumbre en los últimos años y teniendo en cuenta las necesidades básicas de los sacerdotes ancianos e inválidos y la capacidad económica de /os miembros activos del MASC; 2. Que el espíritu de la Fundación es la ayuda mutua entre los sacerdotes del país, para el auxilio de vejez e invalidez; 3. Que el proyecto de autofinanciamiento del MASC, fue aprobado por la Conferencia Episcopal de Colombia en la Asamblea Plenaria LXXIV de febrero de 2003. RESUELVE 1. En el año 2008 fijar el auxilio de invalidez en ($553.000), QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL PESOS M/Cte, mensuales; 2. En el año 2008 fijar el auxilio de vejez en ($461.500), CUATROCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS M/Cte, mensuales; 3. Fijar el valor de /os aportes de los sacerdotes activos en ($69.500), SESENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS M/Cte, mensuales; a partir del 1° de enero de 2008. Comuniqúese a todos los Señores Arzobispos, Obispos, a /os Responsables Diocesanos del MASC y a /os sacerdotes vinculados a él y cúmplase. Dada en Bogotá, D.C., a los catorce días del mes de enero de 2008.
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